Requisitos importación de semillas

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Las semillas que ingresen al país deberán cumplir con los siguientes requisitos:



Formato estándar de Declaración Jurada para la Importación de Semillas (Ámbito Fitosanitario y de Calidad)

El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) pone a disposición de los importadores de semillas el Formato estándar de Declaración Jurada para la Importación de Semillas Versión 02, en concordancia con la entrada en vigencia de las nuevas resoluciones fitosanitarias para malezas cuarentenarias y maíz. Este documento es de fácil acceso, puede ser completado digitalmente y permite acreditar el cumplimiento de las siguientes normativas: 

  • Res. Ext. N° 2.449/2022:
    que regula los requisitos de calidad (germinación y pureza), designación de la variedad y malezas no cuarentenarias reglamentarias para la importación de semilla, siendo de importancia conocer a través de la declaración jurada el uso o destino de la semilla.
  • Res. Ext. N° 4.425/2026:
    que establece requisitos fitosanitarios de importación para envíos de semillas de cualquier especie y procedentes de todo origen, para el control de malezas cuarentenarias.
  • Res. Ext. N° 2.554/2026:
    que establece requisitos fitosanitarios de importación para el ingreso de semillas de maíz (Zea mays L.) procedentes de todo origen. 

Recuerde que esta declaración jurada debe ser presentada ante los Puntos Habilitados de Ingreso (PHI) debidamente completada y firmada por el importador.

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