Solicitud de Habilitación de Establecimientos Pecuarios de Exportación

Descripción del trámite

Procedimiento mediante el cual se autoriza a un establecimiento pecuario de exportación, inscrito en la Lista Nacional de Establecimientos Exportadores de Productos Pecuarios (LEEP), a exportar sus productos o subproductos a determinados países, después de verificar que cumple las exigencias sanitarias establecidas por el mercado de destino, de acuerdo a manuales técnicos, instructivos y pautas de evaluación específicas, aprobadas por resolución nacional y de aplicación general. 

Este trámite permite obtener una resolución de habilitación por parte del director regional del SAG. De acuerdo a las exigencias de los países de destino, dicha habilitación puede ser directa o delegada

El trámite se puede realizar durante todo el año.

¿A quién va dirigido?

  • A establecimientos pecuarios de exportación inscritos en el SAG (LEEPP).

Detalles

Todos los establecimientos pecuarios (faenadores, despostadores, frigoríficos y procesadores) que deseen exportar sus productos y que cumplan con la normativa de exportaciones del SAG, deben realizar dos procedimientos:

  1. Inscripción en el Listado Nacional de Establecimientos Exportadores de Productos Pecuarios (LEEPP).
  2. Habilitación al mercado/país de destino si corresponde.

Ambos procesos se encuentran normados por la Resolución Exenta N°1.722 del 22 de abril de 2017.

Nota: previo a solicitar su inscripción en el LEEPP, los establecimientos exportadores de miel deben cumplir con los Requisitos para los Establecimientos Exportadores de Miel (REEM) y si las exportaciones son a la Unión Europea, se requiere cumplir además con requisitos específicos para ese mercado. Este rubo no requiere una habilitación, sino una autorización que se entrega una vez que se verifica el cumplimiento de dichos requisitos específicos.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

  • Contar con información oficial acerca de las exigencias generales y específicas de los países donde se desea exportar.
  • Estar inscrito en la Lista de Establecimientos Exportadores de Productos Pecuarios(LEEPP).

En Oficina:

En Línea:

Plazo de entrega: 20 días hábiles para definir el tipo de habilitación a aplicar (directa o delegada).

¿Cuál es el costo del trámite?

La solicitud de habilitación al SAG no tiene costo. Pueden existir costos posteriores que dependen de la autoridad sanitaria de cada país.

¿Qué vigencia tiene?

Depende de los requisitos que establece el mercado de destino.

¿Marco Legal?

 

  • Ley Nº 18.755 de 1989. Ley Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero.
  • Resolución N° 1.722 del 22 de marzo de 2017. Actualiza el Sistema Nacional de Inscripción, Mantención y Habilitación de Establecimientos Exportadores de Productos Pecuarios para Consumo Humano y deroga Resolución N° 7.078, de 2011.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

En oficina

1- Reúna los antecedentes requeridos.

2- Diríjase a la oficina sectorial correspondiente al domicilio del establecimiento.

3- Explique el motivo de su visita: solicitar la habilitación de establecimientos pecuarios de exportar. 

4- Entregue los antecedentes requeridos.

5- Como resultado del trámite habrá solicitado la habilitación.

En línea

1- Haga clic en "Ir a trámite".

2- Ingrese su clave única y haga clic en "Autenticar". 

3- Complete la Solicitud de habilitación de establecimientos exportadores pecuarios.

4- Como resultado del trámite, obtendrá la resolución de habilitación.

 

Ir a trámite

 

Observaciones:

  • Habilitación directa: otorgada por el organismo oficial del país de destino, mediante una visita al establecimiento exportador de productos pecuarios. El director regional del SAG emite la Resolución de Habilitación.
  • Habilitación delegada: tras la verificación e informe favorable, el jefe de la División de Protección Pecuaria certifica por escrito al país importador que el establecimiento cumple con todos los requerimientos exigidos y solicita su habilitación. El director regional del SAG emite la Resolución de Habilitación