Control de plaguicidas, fertilizantes, bioestimulantes e inocuidad


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Nuevas exigencias de etiquetado para fertilizantes y bioestimulantes, establecidas en la Ley N° 21.349, cuyo reglamento y resoluciones complementarias comenzarán a regir y ser exigibles a partir del 28 de agosto.

  • Decreto N° 61 - Aprueba Reglamento de la Ley N° 21.349, que establece normas sobre composición, etiquetado y comercialización de los fertilizantes y bioestimulantes
  • Resolución Exenta N° 8.561/2026 - Establece contenidos mínimos de elementos nutricionales y contenidos máximos de elementos contaminantes en fertilizantes y bioestimulantes
  • Resolución Exenta N° 8.652/2026 - Establece procedimiento de control y toma de muestra para comprobar composición y parámetros de calidad de fertilizantes y bioestimulantes importados y nacionales
  • Resolución Exenta N° 8.653/2026 - Establece tolerancias para resultados de análisis oficial de composición y parámetros de calidad para fertilizantes y bioestimulantes que se importen, fabriquen, formulen, envasen, comercialicen y utilicen en el país
  • Resolución Exenta N° 8.654/2026 - Establece los requisitos que deben cumplir las etiquetas y folletos de fertilizantes y bioestimulantes

(actualizado al 19.06.2026)

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Aviso aplicaciones de plaguicidas tóxico y moderadamente tóxicos para las abejas


Autorización de plaguicidas para tratamientos en material de propagación sólo para exportación

La Resolución N° 4974 de 2018 contempla la posibilidad que el SAG autorice el uso especial de plaguicidas para realizar tratamientos fitosanitarios de pos-cosecha de material vegetal de propagación gámico y agámico destinados exclusivamente e íntegramente a la exportación.


Fiscalización
El Decreto Ley N°3.557 de 1980 faculta al SAG para fiscalizar la fabricación, importación, distribución, venta y aplicación de plaguicidas, además fija procedimientos y sanciones.


Declaraciones
Consumo de bromuro de metilo, sustancia agotadora de la capa de ozono; Venta de plaguicidas en forma semestral y por región; Existencia de plaguicidas caducados a nivel de comercio.


Importación de plaguicidas
Para importar plaguicidas o fabricar plaguicidas se requiere que ya esté autorizado por el SAG, quien además fiscaliza todas las solicitudes de importación de plaguicidas o de fabricación, producción, formulación nacional.


Iniciación de actividades y ubicación de establecimientos para plaguicidas, fertilizantes y bioestimulantes
La Resolución N° 1.577 de 2014 indica que los fabricantes de sustancias activas, productores, importadores, fabricantes de productos formulados, fraccionadores y distribuidores de plaguicidas deberán comunicar al SAG la iniciación de sus actividades con indicación del lugar de ubicación de los establecimientos que operen en un plazo máximo de 30 días desde la iniciación de ésta. Asimismo, cualquier cambio de lo informado, deberá comunicarlo dentro de los 30 días siguientes de la ocurrencia.


Ingreso y fabricación nacional de feromonas y atrayentes de monitoreo
La fabricación nacional e importación de feromonas y atrayentes para monitoreo de plagas está regulada por la Resolución N° 1.297 de 2007 y por el numeral 19 de la Resolución N° 1.557 de 2014.


Sistema de control oficial de inocuidad agrícola
Esta Resolución establece que la responsabilidad de asegurar la inocuidad de los productos hortofrutícolas primarios destinados a la exportación radica en los actores privados que los producen, procesan, importan, embalan, almacenan y exportan


Aplicadores de plaguicidas
Para superar las deficiencias en el uso y manejo de plaguicidas a nivel predial, el SAG creó un curso de capacitación en el buen uso y manejo de plaguicidas de uso agrícola.


Importación de fertilizantes y bioestimulantes
El importador o su representante, debe solicitar el Certificado de Destinación Aduanera (CDA) y el Informe de Inspección de Productos Agropecuarios (IIPA) a través del software que el Servicio destina a dicho propósito, en el punto habilitado de ingreso.


Ingreso de patrones analíticos
La importación de patrones analíticos de plaguicidas cuya regulación competa al Servicio Agrícola y Ganadero esta normada por la Resolución N° 1.404 de 2003 y el numeral 21 de la Resolución N° 1.557 de 2014.