Debido a detecciones de ejemplares de Ceratitis capitata en el área reglamentada del Brote Pedro Aguirre Cerda, Recoleta y Providencia a 1,49 Km del Brote Peñalolén y a 1,77 Km del Brote Peñalolén 2 (La Reina), se procede a unificar los tres brotes anteriormente mencionados, ampliando el área regulada, denominándose Brote Gran Santiago.
Resolución N° 2.212/2025 - Establece nueva área de regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del mediterráneo (Ceratitis capitata W.) para el mercado de China. El polígono que determina el área cuarentenada incorpora completamente las siguientes comunas: Santiago, Cerrillos, Cerro Navia, Conchalí, El Bosque, Estación Central, Huechuraba, Independencia, La Cisterna, La Florida, La Granja, La Pintana, La Reina, Las Condes, Lo Espejo, Lo Prado, Macul, Maipú ,Ñuñoa, Pedro Aguirre Cerda, Peñalolén, Providencia, Pudahuel, Quilicura, Quinta Normal, Recoleta, Renca, San Joaquín, San Miguel, San Ramon, Vitacura, Puente Alto, Calera de Tango, Padre Hurtado y parcialmente las comunas de Lo Barnechea, Pirque, San Jose de Maipo, Colina, Lampa, Tiltil, San Bernardo, Buin, Paine, Melipilla, Curacavi, Talagante, Isla de Maipo, Peñaflor.
Resolución N° 2.211/2025 - Establece nueva área de regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del mediterráneo (Ceratitis capitata W.) en los lugares que indica. El polígono que determina el área reglamentada incorpora completamente las siguientes comunas: Santiago, Cerrillos, Conchali, El Bosque, Estación Central, Huechuraba, Independencia, La Cisterna, La Granja, La Reina, Lo Espejo, Lo Prado, Macul, Ñuñoa, Pedro Aguirre Cerda, Providencia, Quinta Normal, Recoleta, San Joaquin, San Miguel, San Ramon y parcialmente las comunas de Cerro Navia, La Florida, La Pintana, Las Condes, Lo Barnechea, Maipú, Peñalolén, Pudahuel, Quilicura, Renca, Vitacura, Puente Alto, Colina, San Bernardo.
Resolución N° 2.059/2025 - Establece nueva área de regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del mediterráneo (Ceratitis capitata W.) en los lugares que indica. El polígono que determina el área reglamentada incorpora completamente las siguientes comunas: Santiago, Cerrillos, Conchali, Estación Central, Huechuraba, Independencia, La Cisterna, La Granja, La Reina, Lo Espejo, Lo Prado, Macul, Ñuñoa, Pedro Aguirre Cerda, Providencia, Quinta Normal, Recoleta, San Joaquin, San Miguel, San Ramon y parcialmente las comunas de Cerro Navia, El Bosque, La Florida, La Pintana, Las Condes, Lo Barnechea, Maipú, Peñalolén, Pudahuel, Quilicura, Renca, Vitacura, Puente Alto, Colina, San Bernardo.
Resolución N° 2.058/2025 - Establece nueva área de regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del mediterráneo (Ceratitis capitata W.) para el mercado de China. El polígono que determina el área cuarentenada incorpora completamente las siguientes comunas: Santiago, Cerrillos, Cerro Navia, Conchalí, El Bosque, Estación Central, Huechuraba, Independencia, La Cisterna, La Florida, La Granja, La Pintana, La Reina, Las Condes, Lo Espejo, Lo Prado, Macul, Maipú Ñuñoa, Pedro Aguirre Cerda, Peñalolén, Providencia, Pudahuel, Quilicura, Quinta Normal, Recoleta, Renca, San Joaquín, San Miguel, San Ramon, Vitacura, Puente Alto, Calera de Tango, Padre Hurtado y parcialmente las comunas de Lo Barnechea, Pirque, San Jose de Maipo, Colina, Lampa, Tiltil, San Bernardo, Buin, Paine, Melipilla, Curacaví, Talagante, Peñaflor.
Resolución N° 1.258/2025 - Amplía área de regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la mosca del mediterráneo (Ceratitis capitata W.) en los lugares que indica. Que, en virtud de la detección anterior es necesario establecer un área reglamentada, que considerará un polígono de 68 vértices, determinado por las siguientes coordenadas UTM, señaladas más abajo, que incorpora completamente las siguientes comunas: San Miguel, Macul, Providencia, Ñuñoa, Cerrillos, La Reina, Independencia, Lo Prado, Recoleta, Quinta Normal, Santiago, Conchalí, La Cisterna, Estación Central, Lo Espejo, San Joaquín, Pedro Aguirre Cerda y parcialmente las comunas de Maipú, San Ramón, El Bosque, Colina, Renca, Pudahuel, Huechuraba, La Pintana, La Granja, Puente Alto, Vitacura, Quilicura, San Bernardo, Lo Barnechea, Cerro Navia, la Florida, Las Condes, Peñalolén.
Resolución N° 1.257/2025 - Amplía área de regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la mosca del mediterráneo (Ceratitis capitata W.) para el mercado de China. Que, en virtud de la detección anterior es necesario establecer un área cuarentenada que considerará un polígono de 97 vértices, determinado por las siguientes coordenadas UTM, señaladas más abajo, que incorpora completamente las siguientes comunas :San Miguel, Macul, Maipú, Providencia, San Ramon, Ñuñoa, Cerrillos, La Reina, El Bosque, Independencia, Calera de Tango, Lo Prado, Recoleta, Renca, Pudahuel, Huechuraba, La Pintana, Quinta Normal, La Granja, Puente Alto, Vitacura, Quilicura, Santiago, Conchalí, La Cisterna, Estación Central, Cerro Navia, Lo Espejo, La Florida, San Joaquin, Padre Hurtado, Pedro Aguirre Cerda, Las Condes, Peñalolén y parcialmente las comunas de Talagante, Lampa, Pirque, Colina, Buin, Melipilla, Paine, Curacavi, Peñaflor, San Bernardo, Lo Barnechea, San José de Maipo, Tiltil.
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