Credencial para la compra de alcohol etílico
IMPORTANTE
Ante la situación sanitaria que afecta al país por COVID-19 el SAG informa que este trámite puede realizarse en forma NO PRESENCIAL. Infórmese aquí
Todas las personas naturales o jurídicas que produzcan, elaboren, envasen, comercialicen, importen, exporten, utilicen como insumo dentro de su proceso productivo o empleen en distintos usos el alcohol etílico, deben contar con la "Credencial para la compra de alcohol etílico", la que les permitirá adquirir este insumo en el mercado.
Requisitos
- Solicitar la inscripción en el plazo de 30 días, contados desde la fecha de presentación de la declaración jurada de inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
- Estar inscritas en el registro de usuarios/as afectos a la Ley N°18.455 del SAG
Documentos requeridos
- Inicio de actividades ante el SII.
- RUT.
- En el caso de los usuarios de alcohol potable, copia de la inscripción de vendedores y compradores de alcohol potable del Servicio de Impuestos Internos (SII).
- Comunicación de inicio de actividades ante el SAG.
¿Cómo se realiza este trámite?
Trámite presencial
1 - Reúna los antecedentes requeridos.
2 - Diríjase a la oficina sectorial del SAG más cercana.
3 - Explíque el motivo de su visita: obtener una credencial para la compra de alcohol etílico
4 - Entregue los antecedentes requeridos.
5 - Realice el pago que corresponda.
6 - Como resultado del trámite, habrá solicitado credencial para la compra de alcohol etílico.
Podrá obtener la credencial:
- En un plazo de hasta 10 días hábiles.
Costo del trámite
- 0,14 U.T.M. (Tarifa fijada en el Decreto Exento N° 88 de 2004).
Vigencia
La Credencial se activa digitalmente en el Sistema de Viñas y Vinos y tiene una vigencia hasta el 31 de enero de cada año.
Normas que lo regulan
- Resolución Nº 1.312, Determina obligación de poseer tarjeta credencial para comercializar alcohol etílico.
- Resolución Nº 386, Modifica Resolución Nº 1.312 sobre credencial para el comercio de alcohol etílico.