Descripción del trámite
Procedimiento mediante el cual se autoriza a un establecimiento pecuario de exportación, inscrito en la Lista Nacional de Establecimientos Exportadores de Productos Pecuarios (LEEP), a exportar sus productos o subproductos a determinados países, después de verificar que cumple las exigencias sanitarias establecidas por el mercado de destino, de acuerdo a manuales técnicos, instructivos y pautas de evaluación específicas, aprobadas por resolución nacional y de aplicación general.
Este trámite permite obtener una resolución de habilitación por parte del director regional del SAG. De acuerdo a las exigencias de los países de destino, dicha habilitación puede ser directa o delegada
El trámite se puede realizar durante todo el año.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
En oficina
1- Reúna los antecedentes requeridos.
2- Diríjase a la oficina sectorial correspondiente al domicilio del establecimiento.
3- Explique el motivo de su visita: solicitar la habilitación de establecimientos pecuarios de exportar.
4- Entregue los antecedentes requeridos.
5- Como resultado del trámite habrá solicitado la habilitación.
|
En línea
1- Haga clic en "Ir a trámite".
2- Ingrese su clave única y haga clic en "Autenticar".
3- Complete la Solicitud de habilitación de establecimientos exportadores pecuarios.
4- Como resultado del trámite, obtendrá la resolución de habilitación.
Ir a trámite
|
Observaciones:
- Habilitación directa: otorgada por el organismo oficial del país de destino, mediante una visita al establecimiento exportador de productos pecuarios. El director regional del SAG emite la Resolución de Habilitación.
- Habilitación delegada: tras la verificación e informe favorable, el jefe de la División de Protección Pecuaria certifica por escrito al país importador que el establecimiento cumple con todos los requerimientos exigidos y solicita su habilitación. El director regional del SAG emite la Resolución de Habilitación