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SAG de la Región de Los Lagos explica regulaciones vigentes a pequeños productores de cerveza

Enviado por SAG el Mar, 02/09/2014 - 16:35

Región de Los Lagos.- Los aspectos normativos asociados a la producción de alcoholes fueron expuestos por el Servicio Agrícola y Ganadero, SAG, de Los Lagos durante el Primer Seminario de Microcerveceros del Sur, efectuado en la Universidad San Sebastián de Puerto Montt y organizado por la Agrupación de Cerveceros Artesanales del Sur, CASUR A.G. La instancia convocó a cerca de 50 productores de distintas partes del país con la idea de potenciar los canales de comercialización para sus productos.

Ernesto Castillo, profesional del Subdepartamento de Viñas, Vinos y Biotecnología del SAG, explicó que respecto a la producción de alcoholes en general, y de cervezas en particular, el Servicio verifica el cumplimiento de las exigencias que establece la Ley de Alcoholes y su reglamento, en aspectos como potabilidad, rotulación, componentes y grados alcohólicos. “Para constatar estos parámetros, los inspectores SAG pueden tomar muestra del producto en cualquier etapa del proceso ya sea en la producción, elaboración, importación, exportación, guarda, depósito, comercialización y transporte”, precisó Castillo.

De igual modo el profesional del SAG dijo que “la producción de cerveza artesanal, en los últimos cinco años, en Chile, ha crecido como la espuma. Por eso,  este seminario es una oportunidad para conocer las inquietudes de los microproductores  y un excelente escenario para acercar visiones y criterios de parte de todos los actores que participan en la fiscalización, como la Autoridad Sanitaria, el SAG, y los municipios”.

Por su parte, Andrés Duval, Director Regional del SAG de Los Lagos, enfatizó que “de acuerdo a la ley, la cerveza sólo puede ser elaborada con cebada malteada, lúpulo, levadura y agua. Esta es la definición de cerveza que establece la ley”.

Duval agregó que algunos de los aspectos que inspecciona el SAG están centrados en la información que contiene la etiqueta y en lo que declara el productor, por ejemplo, el tipo de producto, su grado alcohólico, el nombre de fantasía, la dirección del envasador, y el volumen contenido en el envase.  Además, que el productor esté debidamente inscrito en el SAG  como así también los productos que elabora.

La autoridad regional del SAG hizo un llamado a los productores de cerveza a cumplir con la normativa vigente y a acercarse al Servicio a efectuar consultas o formular inquietudes porque si durante la fiscalización se comprueba incumplimiento a lo dispuesto en la Ley, o la no existencia de respaldo documental, los inspectores del Servicio darán curso a  un acta de denuncia y citación, pudiendo la partida o stock quedar retenida y arriesgar que el producto sea destruido”.

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