Ingreso de perros y gatos mascotas (animales de compañía) - PRUEBA
Se entenderá como animales de compañía tradicional a los perros (Canis lupus familiaris), gatos (Felis silvestris catus) y hurones (Mustela putorius furo) que:
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Acompañen y viajen en el mismo medio de transporte que su propietario o persona que lo transporte, o bien,
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Que sean enviados por sus dueños en servicios de mudanza o transporte de mascota (petsmover).
No se considerará animales de compañía tradicional aquellos híbridos que resulten de la cruza de una especie doméstica como perro (Canis lupus familiaris) o gato (Felis silvestris catus) con una especie silvestre pura o híbrida, los cuales quedan excluidos de la presente normativa.
En el caso de los hurones se debe presentar la resolución de autorización de internación de fauna silvestre exótica (descargar formulario - guía para completar formulario) emitida por la División de Protección de los Recursos Naturales Renovables del SAG, de acuerdo a lo estipulado en la legislación vigente. En el caso de hurones comerciales deben dar cumplimiento a la resolución específica para ellos.
Fíjanse las siguientes exigencias sanitarias:
De la condición general del animal.
Los animales deben ser sometidos a un examen clínico, por un médico veterinario, dentro de los 10 días previos al ingreso con destino a Chile, en el cual no se evidenciaron signos clínicos de enfermedades infectocontagiosas ni parasitarias.
Para el caso de los caninos, el médico veterinario debe certificar que, al momento del examen clínico, no manifieste signos clínicos compatibles con Leishmania infantum.
Vacuna antirrábica
Los animales que cuenten con al menos dos vacunaciones continuas, deben ingresar al país certificando la fecha de aplicación de las últimas dos vacunaciones antirrábicas, las cuales deben estar aprobadas por la Autoridad Sanitaria Oficial, y que, acorde a lo indicado por el laboratorio fabricante de la vacuna, la última inmunización se encuentre dentro del periodo de vigencia.
Los animales primo-vacunados o con menos de noventa (90) días de edad deben ser inmunizados al menos 21 días previos al ingreso con destino a Chile, y ésta fue aplicada según las indicaciones del fabricante respecto a la edad de vacunación y especie.
Se eximirán de esta exigencia, aquellos animales que, independiente de su edad, hayan nacido en un país libre de la enfermedad y esta condición haya sido acreditada por la Autoridad Sanitaria Oficial del país de origen, acorde a las recomendaciones establecidas en el código terrestre de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) y esta condición es reconocida por Chile.
Para el caso de los hurones, estos deben estar inmunizados con una vacuna antirrábica indicada específicamente para la especie, siguiendo las indicaciones del fabricante respecto a la edad y frecuencia de vacunación.
Desparasitación contra parásitos internos y externos
Los animales deben ser tratados entre 5 y 30 días previos al ingreso a Chile con un antiparasitario de uso externo e interno, de amplio espectro, aprobado por la Autoridad Sanitaria Oficial del país de origen y en una dosificación recomendada por el fabricante
De la certificación sanitaria
Los animales deben venir amparados por un certificado sanitario oficial en original, otorgado por la Autoridad Sanitaria Oficial del país de origen, que acredite el cumplimiento de los requisitos sanitarios establecidos en los puntos anteriores.
El certificado sanitario oficial debe venir en idioma español y en el idioma del país de origen o en su defecto en el idioma inglés. Para animales provenientes de países miembros de la Unión Europea será válido el uso del pasaporte emitido por la misma, extendido en idioma español e inglés, siempre que se verifique el cumplimiento de los requisitos sanitarios.
El certificado sanitario oficial, tendrá una vigencia de 10 días, con un máximo prorrogable de 5 días de acuerdo a las condiciones del viaje y debe incluir la siguiente información:
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País de origen
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Identificación del animal: nombre científico de la especie, nombre del animal, raza (perros y gatos), sexo, edad, color, número del microchip o cualquier otro método de identificación que sea verificable.
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Indicar si el animal de compañía se encuentra esterilizado.
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Identificación del propietario o representante: nombre, dirección, teléfono, correo electrónico o número de documento oficial de identificación de origen o pasaporte.
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Vía / Medio de transporte.
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Indicar si viaja con propietario, persona o empresa responsable del animal de compañía.
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Fecha de vacunación antirrábica, número de serie de la vacuna utilizada, periodo de vigencia de la vacuna y laboratorio productor.
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Fecha de la desparasitación, nombre comercial, principio activo y dosis de los antiparasitarios interno y externo.
De las condiciones del transporte y embarque
Al momento del embarque, el animal no evidenció signos de enfermedades infecciosas transmisibles ni parasitarias.
Se adoptaron durante el transporte todas las medidas y precauciones, que aseguren la mantención de las condiciones sanitarias y de bienestar de los animales.
De la llegada de los animales a Chile
Al arribo a Chile, el SAG verificará que la certificación sanitaria oficial se encuentre en cumplimiento a las exigencias estipuladas en esta Resolución.
Sin perjuicio de lo establecido, podrán ser aplicadas otras disposiciones legales y reglamentos relacionados con la prevención y control de enfermedades en el país.
Una vez que el animal se encuentre dentro del país, deberá cumplir la normativa establecida por el Ministerio de Salud.